De conformidad con el Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final, ante la existencia de un cobro indebido por parte de un proveedor u operador de telecomunicaciones, el usuario debe en primer lugar presentar su reclamo ante la empresa que realizó el cobro. Esta empresa debe de contar con una unidad de servicio al cliente que tenga por objeto atender y resolver quejas. Para la presentación de la misma no se requiere ningún tipo de formalidad, puede ser verbal o por escrito. Una vez recibida la reclamación la empresa cuenta con un plazo máximo de 10 días naturales para resolverla. En caso de no darse la solución el afectado puede acudir a la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) a presentar su denuncia, la cual al igual que la anterior no tiene formalidades. SUTEL solicitará el respectivo expediente a la empresa, la cual tendrá la carga de la prueba en el proceso. Luego de recibido el expediente la Superintendencia tiene 15 días hábiles para resolver la denuncia. Si se falla en contra de la empresa, ésta tiene cómo máximo un mes para revertir el cobro. En caso de no hacerlo, la SUTEL puede presentar denuncia contra la empresa ante el Ministerio Público por el delito de desobediencia.
julio 20, 2010
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